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¿Se aplica también a mi caja de envío?

Probablemente sí. Desde el 12 de agosto de 2026 se aplica el Reglamento europeo sobre envases, y las directrices consideran fabricante al que realiza el llenado: si usted mismo realiza el empaque, es fabricante de esa caja. Lo que se espera de usted varía según el país — y ahí es donde está el trabajo.

Gratis, sin cuenta, con la referencia en el Reglamento en cada respuesta.

Por qué puede verificar nuestro trabajo

Bajo cada tema está de dónde procede: el artículo o el anexo del Reglamento (UE) 2025/40 en sí mismo, y cuando se trata de la explicación, las directrices de la Comisión. A estas también las mencionamos así — directrices, no ley, porque esa es la distinción que importa. En cada país figura la fecha en que revisamos el registro.

Los textos se escriben con IA basándose en esas fuentes, pasan un control técnico que sitúa cada afirmación junto a su referencia, y son aprobados por una persona antes de publicarse. Vea cómo trabajamos.

Lo que esto no es: nunca nos convertimos en una organización de gestión de residuos ni cobramos contribuciones — le guiamos hacia los registros nacionales. No emitimos opiniones jurídicas en casos dudosos sobre roles; citamos las directrices y le remitimos a ellas. Y no le aconsejamos qué caja debe comprar. Para una opinión sobre su caso específico, consulte a un abogado o al registro mismo.

Comience por su propia situación

Siete preguntas, y sabrá qué función tiene y qué se espera de usted en cada país.

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