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¿debo registrarme si vendo desde China o Reino Unido a clientes europeos

Sí, también desde China o el Reino Unido rige la obligación de registro

Sí, la venta desde China o el Reino Unido a clientes en la UE está sujeta a la obligación de registro, incluso si la empresa en sí está ubicada fuera de la Unión. En la venta a distancia —es decir, una tienda web que suministra directamente a un consumidor en un Estado miembro de la UE— no cuenta dónde está ubicado el vendedor, sino dónde entra el embalaje en el mercado. Quien vende desde un país ajeno a la UE a clientes europeos se considera, para ese embalaje, como la parte responsable, del mismo modo que lo sería una tienda web de la UE.

La diferencia práctica radica en la forma en que se gestiona. Una empresa sin establecimiento en la UE suele tramitarlo a través de un representante designado en el Estado miembro donde entrega: ese representante se encarga del registro y las obligaciones administrativas, mientras que la responsabilidad del embalaje recae en la empresa establecida fuera de la UE. Esto es comparable a cómo el dropshipping y la cuestión de quién es responsable se evalúa: no es determinante quién envía el paquete, sino quién introduce el embalaje en el mercado de la UE.

Dónde se deriva esto: artículos 44 y 45

El artículo 45 del Reglamento (UE) 2025/40 regula específicamente la situación de la venta a distancia desde un país fuera de la UE e impone la designación de un representante autorizado en cada Estado miembro de entrega. El artículo 44 del mismo reglamento establece que el registro se realiza por Estado miembro, lo que significa que una venta a varios países de la UE también puede dar lugar a varios registros —comparable a la cuestión que surge en varios establecimientos en la UE y la obligación de registro por país. Para los Países Bajos, el umbral de 50 000 kg es un factor aparte que es independiente de la ubicación del establecimiento del vendedor; se espera que ese umbral desaparezca a partir de agosto de 2027, y hasta entonces sigue siendo válido que la superación de esa cantidad —independientemente de si el vendedor está en China, el Reino Unido o la propia UE— obliga al registro en el registro neerlandés. En otros Estados miembros, como Alemania con LUCID, por lo general falta un umbral comparable, lo que significa que la entrega desde un país ajeno a la UE allí da lugar más rápidamente a una obligación de registro de la que la situación neerlandesa podría sugerir.

Lo que debe hacer concretamente

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Redactado con IA sobre la base de las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-09-05. ¿Hay algo incorrecto? Háganoslo saber — las correcciones tienen prioridad.