¿Aplica la PPWR también a una empresa individual o pequeña tienda en línea?
Sí, la PPWR también se aplica a una empresa individual o pequeña tienda en línea
El tamaño de la empresa no es en sí mismo una causa de exención según la PPWR: una empresa individual o pequeña tienda en línea está sujeta en principio a la misma medida que una empresa grande. Existe una excepción específica para microempresas, pero es más restringida de lo que a menudo se cree. Solo se aplica cuando el propietario de la marca es una microempresa — menos de diez empleados y una cifra de negocios o balance total máximo de 2 millones de euros — y el proveedor de envasado está establecido en el mismo Estado miembro. En ese caso, el proveedor es el productor, no la tienda en línea en sí. Si el proveedor está en otro país — por ejemplo, una tienda en línea holandesa que obtiene material de envasado de Alemania o Polonia — la excepción desaparece completamente y la tienda en línea es el productor, con las obligaciones correspondientes.
Incluso quienes sí se acogen a la excepción no escapan de todas las obligaciones de registro: estas varían por país y son independientes de quién sea el productor. En los Países Bajos, una tienda en línea por debajo de 50 000 kg de envasado al año no necesita registrarse en Verpact, aunque se espera que este umbral desaparezca una vez que el registro de productores de PPWR entre en funcionamiento, como muy pronto en agosto de 2027. Alemania no tiene un umbral de este tipo: quien coloque ni siquiera un paquete en el mercado alemán debe estar registrado en LUCID a partir de ese momento. Una pequeña tienda en línea que se mantenga por debajo del umbral en los Países Bajos pero también envíe a Alemania está sujeta a la obligación de registro allí inmediatamente.
Fundamento: directrices sobre el concepto de productor
La excepción para microempresas se deriva de las directrices de la Comisión Europea C/2026/3084 sobre el concepto de productor, que proporcionan una interpretación más detallada de las definiciones del artículo 3 de la Regulación (UE) 2025/40. Estas directrices describen cuándo el proveedor de envasado se considera productor en lugar del propietario de la marca, e incluyen explícitamente la condición de que el proveedor y el propietario de la marca estén establecidos en el mismo Estado miembro.
En qué se basa
- Orientaciones de la Comisión C/2026/3084 (10 de junio de 2026) — el concepto de productor
- Artículo 3 Regulación (UE) 2025/40 — las definiciones
El reglamento se encuentra en EUR-Lex. Hacemos referencia a cada afirmación; no tiene que creer en nosotros.
Lo que debe hacer concretamente
El desarrollo de cada obligación, con los plazos correspondientes y las plantillas para documentarlo, se encuentra en la suscripción.
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Escrito con IA sobre la base de las fuentes anteriores, revisado por una persona el 20 de agosto de 2026. ¿Hay algo que no sea correcto? Háganoslo saber — las correcciones tienen prioridad.