¿debo registrar también el embalaje de muestras gratuitas
Sí, el embalaje de muestras gratuitas también cuenta
El embalaje de muestras gratuitas también cuenta en principio para las obligaciones de PPWR. La normativa se centra en quién pone un embalaje en el mercado, no en si hay un precio de venta de por medio. Una muestra embalada que sale por la puerta — enviada por separado o como complemento de un pedido — es un embalaje en el sentido del artículo 3 de la Directiva (UE) 2025/40, y esa definición no hace excepción alguna para productos gratuitos, obsequios o envíos de marketing. Quien envía muestras y utiliza para ello material de embalaje propio (bolsas, cajas, material de relleno), pone ese material en la práctica tan activamente en el mercado como el embalaje de un producto de pago.
Ello significa que se aplica la misma pregunta que en los envíos ordinarios: quién es para ello el fabricante o productor, y en qué país debe registrarse. Cuando las muestras van como complemento en una caja de envío que ya cuenta, a menudo apenas añaden peso; cuando las muestras se envían sueltas y embaladas por separado, ese peso en principio cuenta simplemente en el total. Cómo se reparte exactamente la responsabilidad cuando se utiliza una caja propia, se describe en ¿soy fabricante si embalo mis propias cajas?.
Qué varía por país
En los Países Bajos se aplica el umbral de 50.000 kg anuales, y mientras el peso total de embalaje — incluidas muestras — se mantenga por debajo, en la práctica no hay obligación de registro en Verpact. Ese umbral no es una exención permanente sino un régimen que previsiblemente desaparecerá a partir de agosto de 2027, lo que significa que entonces también los volúmenes más pequeños con muestras caerán bajo esa obligación. Más información sobre ese límite en ¿debo registrarme en Verpact si soy una pequeña tienda online?.
Alemania no conoce tal umbral: quien entrega allí, también con muestras gratuitas en embalaje propio, es productor desde el primer gramo y debe registrarse en el registro LUCID, como se explica en ¿debo registrarme en LUCID como tienda online neerlandesa que entrega en Alemania?. Otros Estados miembros tienen a su vez sus propios registros y sus propios umbrales o la ausencia de ellos. La obligación derivada de la normativa en sí viaja pues en todas partes; lo que varía es únicamente el registro nacional donde debe tramitarse la notificación.
Fundamento
El artículo 3 de la Directiva (UE) 2025/40 define embalaje sobre la base de su función y uso, sin distinguir entre productos de pago y gratuitos; las orientaciones de la Comisión C/2026/3084 sobre el concepto de fabricante confirman que quien pone productos embalados en el mercado puede caer bajo la definición de fabricante, independientemente de que haya una transacción de venta de por medio.
En qué se basa
- Artículo 3 Regulación (UE) 2025/40 — las definiciones
- Orientaciones de la Comisión C/2026/3084 (10 de junio de 2026) — el concepto de productor
El reglamento se encuentra en EUR-Lex. Hacemos referencia a cada afirmación; no tiene que creer en nosotros.
Lo que debe hacer concretamente
El desarrollo de cada obligación, con los plazos correspondientes y las plantillas para documentarlo, se encuentra en la suscripción.
Consulte la suscripción Primero el escaneo rápido gratuitoEsto no es asesoramiento legal. Esta página proporciona información general sobre la normativa de la que trata esta plataforma. No conocemos su situación. En caso de duda sobre su caso, consulte a un abogado o a la autoridad competente.
Redactado con IA sobre la base de las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-09-05. ¿Hay algo incorrecto? Háganoslo saber — las correcciones tienen prioridad.